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martes, 30 de julio de 2013

Clbec se solidariza con estudiantes que solicitan amparo para inicio de clases

El Consejo Legislativo Bolivariano del estado Carabobo (Clbec) , aprobó este martes un acuerdo de apoyo a los estudiantes que solicitaron un amparo constitucional para el reinicio de las actividades en la Universidad de Carabobo, así como también  al juez quinto del municipio, José Gregorio Rodríguez que otorgó la causa.   La propuesta fue hecha por el legislador Augusto Martínez, quien cuestionó la actitud asumida por la rectora de la Universidad de Carabobo, Jessy Divo de Romero, al no aceptar que tiene una problemática interna, y pronunciarse contra el paro que tiene un grupo de profesores.
Destacó que el recurso de amparo fue concedido por el juez, bajo el concepto de un estado social, tal y como lo establece la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
El acuerdo de apoyo será dirigido a los estudiantes Alexis Ortiez, Grisel Tovar, Abraham Chacón, Adriana Campos, Jorge Valera, Kimberly Gómez y Miguel Morales, quienes exigen el reinicio de las clases.
Por su parte, El vicepresidente del parlamento, Juan José Perozo,  se solidarizó con la propuesta de su colega, al momento que señaló que se está en presencia de un “paro político”, por las posiciones que ha asumido la directiva de la UC, -al inicio se trataba del aumento, se logra una reivindicación de más del 130 por ciento en mejoras laborales y salariales, el Estado asume el compromiso de pagar el retroactivo desde el mes de enero, así como todas las solicitudes que hicieron y ahora cambian la tónica del paro y dicen que a ellos no le consultaron.
La propuesta que contó  además con el apoyo de los legisladores Miguel Pineda y María Carrasco, fue aprobada con mayoría calificada,  por la fracción del Psuv y Mep, mientras que la fracción de Proyecto Venezuela y Cuentas Claras, salvaron su voto.
Traspaso de partida
También durante la sesión, se le dio entrada a cámara a una solicitud hecha por el gobernador del estado Francisco Ameliach, en una sesión durante la cual la presidenta Flor García solicitó a la plenaria  una moción de urgencia, para incluir al orden del día el oficio enviado por el mandatario regional, relacionado con un traspaso de partida, por un monto de  15 millones 861 mil 461 bolívares sin céntimos; este  requerimiento fue remitido a la Comisión de Contraloría, Finanzas, y Presupuesto que preside el legislador José Manuel Flores, para su respectivo análisis y estudio.

viernes, 19 de abril de 2013

TSJ declaró inadmisible amparo contra proclamación de Maduro



La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el amparo constitucional contra la Asamblea Nacional que buscaba evitar la juramentación de este viernes 19 de Nicolás Maduro como presidente de la República, reseñó Globovisión en su portal web.
La acción fue interpuest por el abogado Perkins Rocha. El fallo fue emitido por el magistrado Arcadio Delgado Rosales, quien indica que la acción se refiere a responsabilidades del CNE y no de la Asamblea Nacional, en relación con el recuento de los votos.
“La Sala debe observar que de la narración efectuada por el propio accionante, el agravio que pretende delatarse en este caso consistiría en la infracción del derecho de petición y oportuna respuesta por parte del Consejo Nacional Electoral, en relación con una solicitud de auditoría de los resultados de los comicios celebrados el pasado 14 de abril. Sin embargo, el accionante imputó la pretendida infracción a la Asamblea Nacional como órgano supuestamente agraviante, frente a la inminente juramentación ante dicho cuerpo legislativo del Presidente Nicolás Maduro Moros”, dice el fallo.
De lo anterior, emerge con toda claridad que los hechos que vendrían a constituir la amenaza delatada no guardan relación alguna con el órgano al que se le imputan, pues mal podría esta Sala ordenar el resguardo del derecho de petición del sedicente agraviado, impidiendo a otro órgano del Poder Público Nacional el cumplimiento de funciones que le son propias, como la juramentación ante el seno de la Asamblea Nacional, como cuerpo representativo del pueblo, del Presidente Nicolás Maduro Moros, proclamado por el máximo ente comicial como Presidente para el período constitucional 2013-2019.
A todo evento, al margen de lo indicado, si el accionante estimaba que dicha proclamación vulneraba en alguna medida sus derechos fundamentales por parte del Consejo Nacional Electoral, debe acotarse que la propia Ley Orgánica de Procesos Electorales establece las condiciones en que deben sustanciarse las pretensiones en sede administrativa o jurisdiccional e indica con toda precisión los lapsos en los que las mismas deben ser atendidas.
En este sentido, tampoco surge de autos elemento alguno que permita inferir que el máximo ente comicial haya menoscabado los derechos de petición y debido proceso administrativo, pues resulta claro que la resolución de las peticiones dirigidas por los actores involucrados en un proceso comicial celebrado hace escasos cuatro días, amerita una sustanciación acorde con las pautas establecidas en el ordenamiento, de cara al altísimo interés público que suscita.
“Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara inadmisible la demanda de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Perkins Rocha Contreras contra la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela”.