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miércoles, 17 de julio de 2013

Ley que regula compra y venta de vehículos obligará a concesionarios a publicar listas de espera

Credito: Archivo

17-07-13.-El diputado a la Asamblea Nacional (AN), Juan Carlos Alemán anunció este miércoles que la ley que regula la compra y venta de vehículos nuevos y usados tiene como particularidad la obligatoriedad de los concesionarios de publicar en medios de comunicación social las listas de espera que contienen los nombres de las personas que aspiran obtener un vehículo así como el número de carros que llegan para ser asignados.

"El articulado de la ley obliga a los propietarios de los concesionarios a publicar en los medios de comunicación la fulana lista de espera, la cual han manejado de manera discrecional hasta ahora así como el número de vehículos que reciben. En este sentido si una persona le corresponde el número 50 en lista de espera, puede calcular cuando recibiría el carro", aseguró.

Entrevistado en el programa Temprano Con que transmite el Sistema Radio Mundial, el parlamentario señaló que este miércoles en el seno de la Asamblea se discutirán lo 9 artículos que faltan para finiquitar y aprobar en la plenaria del próximo martes el texto definitivo.

El Legislador señaló que otra de las ventajas del nuevo instrumento regulador es que contempla en su articulado la obligación que tienen las compañía aseguradoras al momento de protocolizar el registro de adquisición del automóvil reflejar una depreciación del 10% sobre el valor real del mismo.

"Venezuela es uno de los pocos países del mundo donde al adquirir un bien en vez de depreciarse se revaloriza, eso forma parte del mercado especulativo, del negocio de los propietarios de concesionarios, se establecerá un techo en el precio de los automotores para beneficiar a la población", agregó.

En cuanto a la ley sobre el robo y hurto de vehículos Alemán informó que está previsto que el proyecto entre a discusión en la Comisión de Política Interior para luego someterla consulta pública. En este contexto se prevé que el lapso de entrega de un vehículo objeto de hurto o robo y sea localizado por las autoridades sea de 24 horas luego de cumplir con los procedimientos legales.

"Se acabará el drama que viven los ciudadanos cuando son víctimas del robo o hurto de su carro, estos son pasados a estacionamientos públicos donde generalmente son desvalijados, se le quitan repuestos, cauchos. las autoridades deberán publicar en los medios, páginas web los carros que hayan sido localizados a los fines de su recuperación por parte de sus propietarios.", añadió.

Juan Carlos Alemán resaltó "que estas leyes impedirán la impunidad y establecerá la tipificación del delito de robo y hurto de carros y las penas a la que serán sometidos quienes incurran en esos delitos, las cuales irán de 7 a 16 años de prisión, esta ley se espera esté sancionada en un par de meses", sentenció.

miércoles, 3 de abril de 2013

Precios de vehículos serán fijados por la Sundecop


03/04/13.-La Superintendencia Nacional de Costos y Precios Justos (Sundecop) será la encargada de fijar en Venezuela los precios máximos de venta de los vehículos nuevos o usados, nacionales o importados, así como de sus repuestos, partes y accesorios, de acuerdo al Proyecto de Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos Nuevos y Usados Nacionales o Importados, que la Asamblea Nacional (AN) sometió a segunda discusión este martes.
De esta manera, queda prohibida la comercialización de carros a un monto mayor al precio máximo fijado por el Ejecutivo Nacional, y el incumplimiento de esto conllevará sanciones, tal como precisa el artículo 4, aprobado por los diputados.
¿Cómo se fijará el precio?
Para los vehículos nuevos, el precio se establecerá tomando en cuenta su estructura de costos, que incluye, entre otros aspectos: partes y piezas nacionales e importadas, equipos, mano de obra, rendimiento, gastos administrativos y rentabilidad, de acuerdo con el artículo 5, ya aprobado.
Si es importado, debe considerarse el precio de adquisición en el país de origen, los fletes, los costos aduanales, aranceles, gastos administrativos y rentabilidad.
En el caso de los carros usados, se usará una fórmula técnica contenida en el artículo 6, pero el visto bueno a este apartado fue diferido para una próxima sesión del Parlamento. La propuesta precisa que el precio máximo para estos carros tomará en cuenta el año de ensamblaje o importación, las condiciones del vehículo, el kilometraje recorrido, la depreciación y el valor de reposición.
El diputado Elio Serrano, presidente de la Comisión de Administración y Servicios de la AN, instancia que presentó el proyecto de 35 artículos, indicó este martes que con la fijación del precio máximo de venta se busca acabar con la especulación y la usura, en particular por parte de las ensambladoras, que, pese a que reciben divisas al tipo de cambio oficial, colocan luego altos precios y limitan a la población la posibilidad de adquirir un auto.
El pasado 21 de marzo, el presidente Nicolás Maduro, resaltó que “el mercado de vehículos en el país tiene que sanearse”, y consideró inaceptable que los vehículos nuevos, cuyas piezas son importadas con dólares de la República, tengan luego un precio superior al otros mercados de la región, o que un auto usado llegue a costar incluso más que uno nuevo.
Añadió que este fenómeno obedece a las mafias de vehículos y al capitalismo especulador. ”Eso hay que regularlo, hay que controlarlo, hay que resolverlo, tengamos que hacer lo que sea, porque el mercado de vehículos tiene que sanearse y un vehículo tiene que tener el precio que le corresponde”, puntualizó.
Transparencia
En total, los parlamentarios discutieron el martes hasta el artículo 14, y abarcaron tres capítulos (disposiciones generales, precios de los vehículos y obligaciones). De estos, difirieron los artículos 3 y 6, referidos a las definiciones y a la fórmula para calcular el precio de los carros usados, respectivamente.
Los diputados aprobaron disposiciones relacionadas con la transparencia en cuanto a las ventas y las llamadas listas de espera, y obliga a las comercializadoras a publicar mensualmente en su portal web y en un lugar visible dentro de sus instalaciones las mencionadas listas de quienes se han anotado para comprar los carros nuevos. Los datos de la persona y las características del carro estarán codificados.
Esta misma información debe remitirse dentro de los primeros cinco días de cada mes a la oficina regional del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis). La alteración fraudulenta de estas listas de espera será sancionada.
Del mismo modo, las comercializadoras tendrán que consignar mensualmente ante el Indepabis el listado de compradores, con el precio, la marca y modelo. Esta lista debe coincidir con el orden cronológico de las solicitudes en espera.
Asimismo, las ensambladoras e importadoras tienen que publicar cada mes en los periódicos y a diario en su portal web las características y cantidades de vehículos automotores entregados a las comercializadoras. De este modo, habría transparencia en la entrega de los carros nuevos.
La ley también obliga a las ensambladoras, importadoras y comercializadoras a garantizar el “suministro oportuno de los repuestos y autopartes necesarios para el funcionamiento de los vehículos” por un mínimo de diez años, según lo indica el artículo 13. En los puntos de servicio o venta de repuestos deben tener un sistema de información de precios y del inventario de artículos a nivel nacional.
AVN